María Rosa de Madariaga ||
Historiadora ||
En su discurso sobre el Estatuto de Cataluña, pronunciado el 27 de mayo de 1932, se refiere Azaña a las semanas que precedieron al debate sobre el Estatuto, y a la agitación, la propaganda, la alarma y la protesta que suscitó en determinados sectores en “nombre del patriotismo”.

Aprovechaba para decirnos que lo que éste significaba para él no era un “código de doctrina”, sino una “disposición de ánimo, que nos impulsa, como quien cumple un deber, a sacrificarnos en aras del bien común”. Pero nadie tenía derecho a monopolizar el patriotismo ni en una polémica nadie tenía tampoco derecho a decir que su solución era la mejor, porque era la más patriótica. Ésta, además de patriótica, necesitaba ser la acertada.
Los “particularismos locales de España”
Como recuerda Azaña, ésta era la primera vez que se planteaba en el Parlamento español, en toda su amplitud y profundidad, el problema de los “particularismos locales de España” y de las “aspiraciones autonomistas regionales españolas”, mediante un proyecto legislativo que aspiraba a resolver un problema político.
Contrariamente a Ortega, que sostenía que el problema catalán era “insoluble” y que España solo podía aspirar a “conllevarlo”, Azaña pensaba que esta posición era excesiva y exagerada. Para empezar, no compartía la opinión de Ortega sobre el “destino trágico” de Cataluña por ser un “pueblo frustrado”; que lo que se pretendía resolver allí no era ese “drama histórico” del que hablaba Ortega, sino un problema político.
En este sentido, se refiere Azaña al primer Borbón de España (Felipe V) que, con las medidas políticas que tomó, creía haber resuelto para siempre la “divergencia peninsular del lado de allá del Ebro”. A este periodo siguió un “largo silencio político en Cataluña”, dentro de lo que Azaña califica de “grandes silencios en la historia de Cataluña”, unas veces porque está contenta, y otras, porque es débil e impotente. Pero hay momentos en que ese silencio se rompe y la inquietud e impaciencia se robustecen hasta obstaculizar la marcha del Estado del que Cataluña forma parte en su estructura orgánica. Y es entonces cuando el problema histórico, al que se refiere Ortega, adquiere los caracteres de un “problema político”.
En el siglo XIX, lo que, revestido de goticismo y romanticismo, empezó siendo un movimiento literario se transformó en un movimiento “particularista”, “nacionalista”, que era lo que constituía el “problema político específico catalán”. Cuando ese “particularismo”, ese “sentimiento particularista” se precipita en la vida del Estado español como un estorbo funcional, cuando esto invade los sectores de la opinión catalana y no catalana, determina la vida de los partidos políticos, es entonces cuando surge el problema político, que lleva a los catalanes a plantearse un “vivir de otra manera dentro del Estado español”, pretensión legítima porque la autoriza la ley, la ley constitucional.
Habiendo ya los catalanes cumplido este trámite, correspondía ahora conjugar la aspiración particularista o el sentimiento o la voluntad autonomista de Cataluña con los intereses o los fines generales de España dentro del Estado organizado por la República. Fácil o difícil, el problema había que resolverlo. Para Azaña, había dos modos de suprimir el problema: uno, separar a Cataluña de España, lo que dejaría a esta última frustrada en “su propio destino”; y otro, aplastar a Cataluña, con lo que España quedaría también frustrada en su justicia y en su interés. No quedaba, pues, más opción que la de afrontar el problema y tratar de resolverlo.
Un recorrido histórico del problema catalán desde el siglo XIX
Azaña admite que este problema político no era nuevo, sino que databa de varias décadas. Recuerda a este propósito las llamadas Bases de Manresa de 1892, cuya lectura consideraba muy útil, ya que mostraba los progresos alcanzados, de un lado, por el sentimiento catalanista, y, de otro, por el sentimiento del resto de España, para afrontar con “mejor acuerdo y mejor criterio el problema catalán”. Azaña esperaba que en el Estatuto coincidieran en un movimiento convergente ambos sentimientos.
Después de las Bases de Manresa, recuerda Azaña otros momentos del movimiento catalanista: el de Solidaridad Catalana, con Nicolás Salmerón, un gran republicano español al frente; después, la creación de la Mancomunidad. Y, más adelante, la Asamblea de Parlamentarios, en la que coincidían los partidos republicanos de Cataluña con los partidos generales de España. Tras la dictadura de Primo de Rivera, vino la restauración de la Generalidad, y, en aquel momento, el Estatuto.
Azaña recordaba asimismo que la “política de Madrid”, como decían los catalanes, había pasado de negar la existencia del catalanismo y el problema catalán, a afirmar que solo eran “cuatro gatos”. Cuando ya se hizo evidente que había allí un problema, se practicó una política que no contentó a nadie, ni a los catalanes ni al resto de los españoles. El peor resultado de aquella política había sido que, ante las pretensiones de los catalanistas, ningunas Cortes ni ningún gobierno habían sido dueños de resistir a la “coacción” política de los partidos catalanes.
La Asamblea de Parlamentarios fue un momento, en el que parecía que el problema catalán, es decir, el problema local de Cataluña, podía haber encontrado encaje en el problema total de la organización del Estado en España, pero no había sido así. Con todo, la Asamblea de Parlamentarios y la huelga general de agosto de aquel año (1917) eran el antecedente más claro de la “revolución de abril de 1931”, la primera por ser la iniciación de una Asamblea Constituyente, y la segunda por el levantamiento de una gran parte del proletariado español, que se sumaba a una petición política para el cambio de régimen.
El Pacto de San Sebastián y los partidos políticos catalanes
Pasaba después Azaña a desmentir o a aclarar los “disparates” que, según él, se habían dicho en torno al Pacto de San Sebastián, particularmente en lo que respecta a las supuestas promesas hechas por los republicanos españoles a los catalanes de que, a cambio de ayudarles a traer la República a España, aceptarían todas sus reivindicaciones.
Azaña niega rotundamente estas falacias difundidas por las derechas para desprestigiar a los republicanos. Recuerda que, tanto con Pacto de San Sebastián como sin él, la república habría llegado a España por voluntad del pueblo español. Lo que sí hubo en San Sebastián había sido una concordancia de los partidos republicanos de toda España, incluidos los partidos republicanos catalanes, en colaborar para encauzar la discusión legal y la posible solución del problema catalán, haciendo que éste pudiera ir al Parlamento español dentro de una “hechura perfectamente legítima”.
Para Azaña, la República no debería desentenderse del problema, capital y fundamental de la organización del Estado, sino que era preciso que abordase los problemas de los particularismos regionales y locales. La Constitución contenía bases para organizar el Estado español y resolver con fórmulas de “armonía y de colaboración las divergencias históricas peninsulares”.
Cambiar no solo el “sistema político”, sino también la “política del sistema”
Dado que la Constitución Española no había legislado solo para el hombre, sino para el “español”, es decir, “un hombre cargado y formado por la historia”, para solucionar este problema, no bastaba con cambiar el “sistema político”, sino que había que cambiar la “política del sistema”, lo cual era mucho más difícil.
En este orden de ideas, recalcaba Azaña el hecho de que un régimen político podía destruir hasta la raíz el régimen precedente, cambiar la legislación y la forma y estructura del poder, pero podía también ocurrir que el nuevo régimen político revolucionario fuera heredero y continuador de una parte importante del antiguo régimen destruido. Como caso paradigmático mencionaba Azaña el caso de la Revolución francesa, por la que, como todo buen liberal, sentía gran admiración, puesto que a ella debía su ser político la mayoría de los pueblos modernos en Europa. Pues bien, esta Revolución había destruido un régimen secular despótico, católico, y lo había hecho en las personas que lo representaban, es decir, el rey, y en el sistema legislativo.
Habían cambiado asimismo otras muchas cosas, pero tratándose de la organización interna del Estado, coexistían dos tendencias: una, unitaria, centralizadora, que era la jacobina, y otra, federalista, representada por los girondinos. La que había triunfado había sido la tendencia unitarista, con lo cual, como bien señala Azaña, se había dado la paradoja de que, en la política interior de Francia, la más fiel cumplidora de la política centralizadora de Luis XIV había sido la Convención francesa.
En el siglo XIX, el Estado español, liberal y parlamentario, se había moldeado siguiendo el modelo unitarista francés. Azaña pensaba que en 1932 no se podía proceder de la misma manera: los republicanos habían cambiado un régimen político, pero, además de cambiar el sistema político, había que cambiar la “política del sistema”. En este sentido, consideraba Azaña que había que rectificar de “línea histórica”, ya que la línea histórica seguida por el antiguo régimen monárquico, liberal y parlamentario, del siglo XIX había sido un fracaso profundo, Este régimen habría fracasado, según Azaña, porque el Estado era débil, inerme e incapaz.
Ahora bien, si lo que se habría preferido que triunfase en España era un Estado con una política de asimilación, de unificación (como en Francia), a Azaña le parecía que esto habría significado un empobrecimiento de la “riqueza cultural de España”. El caso es que si esto no había ocurrido entonces, más difícil sería que ocurriera en aquel momento, cuando los sentimientos regionales habían adquirido “la robustez, el impulso, la personalidad y la autoridad, a los que habían llegado “los sentimientos regionales y particularistas de Cataluña y de otras regiones de España”.
Los Estatutos regionales y la unidad de España
En resumidas cuentas, Azaña no era partidario de modelos de Estado que él consideraba ya fracasados, sino que había llegado el momento de rectificar y adoptar un modelo de Estado diferente. Después de pasar revista a diferentes etapas de la historia de España, desde la unión dinástica de las Coronas de Castilla y Aragón hasta aquel momento, Azaña concluía que la “unidad española, la unión de los españoles bajo un Estado común” la harían ellos, es decir, los republicanos, quizá por primera vez, en el marco de la Constitución, una Constitución que garantizaba la unidad de España, pues en los Estatutos regionales solo se consignaría lo que la Constitución permitiera que se consignara.
Mientras se mantuvieran dentro de los límites de la Constitución, “hablar de la dispersión española por la votación de los Estatutos” era “una insensatez”. En la Constitución se establecían, junto a la potestad legislativa de organizar las autonomías, límites a las competencias que se podrían transferir o no a las comunidades autónomas,
Azaña recuerda las etapas que atravesó la elaboración del Estatuto. Cuando se elaboró el proyecto, todavía no se había votado la Constitución, y muchos republicanos españoles deseaban y creían que se iba a votar una República federal. Pero, cuando el proyecto llegó a las Cortes y pasó a la Comisión encargada de examinarlo y revisarlo, ésta rectificó los conceptos que consideró incompatibles con la Constitución, como por ejemplo el que definía a Cataluña como un Estado, mientras que la redacción adoptada decía: “Cataluña es una región autónoma de la República española”. Azaña opinaba que había también que corregir el artículo 2, incompatible con los límites conceptuales de la Constitución respecto de lo que era el “Estado español de la República”, que era un “Estado unitario” y no un Estado federal.
Azaña consideraba oportuno insistir en que las regiones autónomas- no solo Cataluña- no eran el extranjero, eran España, como lo eran antes, aunque quizá más, porque estarían más contentas. Otra cosa, advertía: una vez creadas las regiones autónomas, el organismo de gobierno de la región- en el caso de Cataluña, la Generalidad- era una parte del Estado español, una parte integrante de la organización del Estado de la República española. Esto tenía que quedar bien claro para todos.
En su defensa de este modelo de Estado, Azaña argüía que la creación de regiones autónomas, además de favorecer el fomento y prosperidad de los recursos de la región, tendría también por consecuencia el fomento y prosperidad de toda España. Era, pensando sobre todo en España, de la que Cataluña formaba parte integrante e inseparable, como había que votar la autonomía de Cataluña.
En resumidas cuentas, frente a toda posible veleidad secesionista de los partidos catalanistas, el valladar más firme y sólido era la Constitución republicana de 1931.
Transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Cataluña
Pasaba después Azaña a examinar más concretamente algunas de las cuestiones de mayor interés como la Hacienda, el Orden Público, la Justicia y la Enseñanza, así como la posible transferencia de algunas competencias en estos ámbitos a la Comunidad Autónoma. Ya Ortega, como vimos, había abordado el asunto de la transferencia de determinadas competencias a Cataluña en el marco del Estatuto de Cataluña, y Azaña, como no podía ser menos, también hacía hincapié en las que consideraba más importantes.
Empezaba Azaña por el tema de la Hacienda, de la que consideraba que era preciso dotar a las regiones autónomas. En este sentido, debería ser una Hacienda propia, pero elástica, sin que llegara a representar nunca un privilegio para ninguna región. Así, en el caso de Cataluña, la dotación de una Hacienda propia no debería representar un privilegio ni una ventaja respecto a las demás regiones. En cualquier caso, fuese cual fuese el sistema que se implantara, habría de ser un sistema sujeto a rectificación periódica ante las Cortes.
Respecto del tema del Orden Público, no se oponía a que hubiese en Cataluña una autoridad, dependiente del gobierno de la Generalidad, encargada de garantizar el orden público, siempre que el Estado de la República pudiera intervenir para restablecer la paz pública en Cataluña, si el gobierno de la Generalidad lo pidiese o lo estimase oportuno, o fuera por resolución del Estado de la República. En este último caso, el Estatuto tendría a sus órdenes no solo a las fuerzas de la República, sino también a las fuerzas y los agentes del orden dependientes de la Generalidad.
En materia de Justicia, Azaña pensaba que ésta debía quedar adscrita al poder judicial del Estado de la República, pues lo mismo que el poder legislativo estaba en el Parlamento español, el poder de interpretar la ley y de sentar jurisprudencia debía ser función del Estado que dictaba la ley.
En cuanto al tema de la Enseñanza, no había que olvidar, recordaba Azaña, que el movimiento regionalista, particularista o nacionalista de Cataluña había surgido en torno a un movimiento literario de renacimiento del idioma, por lo que la República debería ser generosa y comprensiva en este punto con el sentimiento catalán. Azaña pensaba que era imposible imaginar que los catalanes o los vascos, o cualquiera otra región de España, con lengua distinta del castellano, dejara de hablar este último idioma, ya que era con éste, con el castellano, con el que todo ciudadano español se relacionaba con los demás españoles para sus intercambios culturales o mercantiles, por no hablar ya de toda América.
En este sentido, Azaña se preguntaba, con razón: “¿Adónde va a ir un fabricante catalán, un importador catalán, un hombre de negocios catalán sin el castellano?”. Azaña nos recordaba aún que la expansión de la lengua castellana en las demás regiones españolas no se había hecho nunca de Real Orden, sino por un movimiento ascendente de prestigio del Estado. Cuando éste era grande, glorioso y potente, la literatura castellana se esparcía por todo el mundo, y los escritores catalanes escribían en castellano. No olvidemos que uno de los primeros escritores del Renacimiento en lengua castellana era un catalán. Aunque Azaña no lo menciona, tenía sin duda in mente a Juan Boscán, el famoso poeta catalán, introductor del endecásilabo en castellano, y traductor al español de El Cortesano de Baltasar Castiglione.
Refiriéndose más concretamente a los centros de enseñanza, Azaña no creía que se pudiera aceptar el sistema de la doble universidad. En los países en los que existía el bilingüismo, esa solución había fracasado. Era, pues, mejor el sistema de la universidad única y bilingüe. En cuanto a la enseñanza secundaria, Azaña era partidario de conservar las escuelas que tenía allí el Estado, si bien la Generalidad podría crear cuantos institutos gustase, con lo cual habría en Cataluña dos tipos de centros de Enseñanza Media: los del Estado, ya existentes, que seguirían enseñando en castellano, y en catalán, a quien lo pidiera, y los que constituyera la Generalidad. En cuanto a la inspección de institutos y escuelas, ésta correspondería al Estado de la República, conforme a lo estipulado en el artículo 50 de la Constitución de 1931.
Castilla no se opone a las aspiraciones de las demás regiones de España
Antes de terminar su extenso discurso, Azaña dedicaba unas palabras a la defensa del Estatuto de Cataluña y de los demás posibles estatutos, que le gustaría fueran votados por unanimidad de las Cortes, aunque, dado que ello era imposible, esperaba que el de Cataluña lo fuera al menos por una mayoría de diputados, particularmente de los partidos republicanos, lo que iba sobre todo dirigido a Alejandro Lerroux, del Partido Republicano Radical. Éste había mostrado, en efecto, sus reticencias, si bien, como es sabido, terminaría votándolo, previa revisión del texto original por una Comisión nombrada por el Congreso.
Y, por último, Azaña, que había nacido en Alcalá de Henares, y se sentía muy castellano y, por lo tanto, muy español, rechazaba la idea de que “un espíritu llamado castellano” fuera “opuesto a las aspiraciones de las demás regiones de España”. Negaba Azaña, con razón, que Castilla hubiera sido nunca “instrumento ni móvil de una frustración de libertades españolas”. Para Azaña, las preocupaciones de Castilla no eran regionales, sino del orden del Estado. Consideraba que sería un desatino oponer al regionalismo o al nacionalismo catalán o a otro cualquiera, “un regionalismo o un nacionalismo castellano”. A los hombres de la periferia española, Azaña querría decirles que de los castellanos no tenían nada que temer. A los castellanos, como Azaña, les bastaba con “llevar sobre los hombros la universalidad del nombre de España”.
¿Con cuál de las dos visiones, la de Ortega o la de Azaña, nos quedamos? Nos resistimos a admitir que el problema de Cataluña sea “insoluble”, y que tengamos que contentarnos con “conllevarnos”, como sostenía Ortega. Confiemos, con Azaña, en que, para todo problema, incluido el catalán, hay una solución. Azaña admitía que se trataba de un “problema político”, que era preciso resolver políticamente, y la solución de este problema la encontró en la concesión a Cataluña del Estatuto de Autonomía de 1932, lo mismo que 49 años más tarde, los hombres de la Transición, que trajeron la democracia España, después de la dictadura franquista, resolvieron políticamente el “problema catalán” con el Estatuto de Autonomía de 1979, mucho más liberal que el de 1932 en lo que a transferencia de competencias se refiere.
Por eso, volver hoy sobre este tema y remachar de nuevo que se trata de un “problema político”, equivale a buscarle tres pies al gato, a menos que el Estatuto de Autonomía actual sirva de base para posibles cambios y ajustes, siempre dentro de los límites que marca la Constitución española.
En fin, confiemos en que lo que Descartes llamaba “le bon sens”, que no es otra cosa que el “seny”, del que tanto se precian los catalanes, terminará por imponerse, por el bien de Cataluña y de toda España.



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